Historia

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1542-1588

En 1542, Pablo III instituyó una comisión de seis Cardenales, con la misión de vigilar sobre las cuestiones de fe (Bula Licet ab initio del 21 de julio de 1542). Esta comisión, conocida con el nombre de “Santa Inquisición Romana y Universal”, tuvo al inicio un carácter exclusivamente judicial, para las causas de herejía y de cisma.

Pablo IV, a partir de 1555, amplió notablemente su esfera de acción, haciéndola competente para juzgar también asuntos morales de diversa índole.

En 1571, Pío V creó la Congregación para la reforma del Índice de los Libros Prohibidos. Esta competencia, que inicialmente había sido atribuida a la Inquisición, fue ejercida por este nuevo Dicasterio, hasta la supresión del mismo en 1917.

Tras la reforma de la Curia realizada por Sixto V mediante la Bula Immensa aeterni Dei (22 de enero de 1588), la actividad de la Inquisición romana se extendió a todo aquello que pudiera afectar, directa o indirectamente, a la fe y la moral.

1622-1846

Gregorio XV con la constitución Universi dominici gregis de 30 de agosto de 1622 confirmó la competencia de la Congregación de la Inquisición contra el delito de sollicitatio ad turpia, competencia reafirmada por Benedicto XIV con la constitución Sollicita ac provida de 9 de julio de 1753, elaborada y escrita personalmente por el Papa. El Pontífice exhortó a los miembros de la Congregación del Índice a un examen más atento e imparcial de las obras que les eran remitidas para prevenir las quejas de los autores y dispuso que a los teólogos les ayudasen personas eminentes por su cultura, en busca de procedimientos más objetivos que preservasen también la escucha de los acusados o de sus representantes. El Papa buscó resolver la cuestión, nunca antes resuelta, de la jurisdicción en la competencia en materia de censuras entre el Santo Oficio y la Congregación del Índice. Estableció, por tanto, que esta última debería ocuparse solo de las obras expresamente denunciadas como peligrosas, siempre que no fuesen antes sometidas al examen de la Congregación de la Inquisición.

Hacia finales del siglo XVIII fueron sometidos a la jurisdicción de esta última, por primera vez, algunos delitos que nunca antes habían sido considerados en estrecha relación con el ámbito doctrinal, pero, además, con Pío VI, se le añadió toda la materia referente a las órdenes sagradas, tanto en su parte dogmática como en la disciplinar.

Además, en el siglo XIX, bajo el pontificado de Gregorio XVI, la Inquisición recibió el encargo. por algún tiempo, de ocuparse también de las causas de los santos, pero siempre en lo referente a la doctrina y, especialmente, al concepto del martirio.

1908-1988

Pío X reorganizó la Congregación, modificando su nombre en “Sagrada Congregación del Santo Oficio” (Constitución Apostólica Sapienti consilio del 29 de junio de 1908).

Más tarde, Benedicto XV, suprimió la Congregación del Índice, transfiriendo su competencia nuevamente al Santo Oficio, al tiempo que atribuía al tribunal de la Penitenciaría apostólica la competencia que este Dicasterio tenía sobre las indulgencias. (motu proprio Alloquentes del 25 de marzo de 1917).

En 1965, Pablo VI realizó una nueva reforma de la Congregación. Cambió su nombre en “Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe”, actualizando los métodos utilizados para el examen de las doctrinas: sobre el carácter punitivo de la condena prevaleció el carácter positivo de la corrección de errores, junto con la custodia, la preservación y la promoción de la fe (Motu proprio Integrae servandae del 7 de diciembre de 1965). En esa ocasión se abolió también el Índice de los Libros Prohibidos.

Juan Pablo II, con la Constitución Apostólica Pastor bonus del 28 de junio de 1988, dispuso una nueva reorganización de toda la Curia romana, precisando también la función, tareas y normas de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Su cometido es “promover y tutelar la doctrina sobre la fe y las costumbres en todo el orbe católico” (art. 48). Sucesivamente, el 29 de junio de 1997, era aprobado el nuevo Reglamento para el examen de las doctrinas.

Después del 2000

Posteriormente, con la Carta Apostólica Fidem servare (11 de febrero de 2022) y con la Constitución Apostólica Praedicate Evangelium sobre la Curia Romana y su servicio a la Iglesia en el mundo (19 de marzo de 2022), Francisco cambió la estructura interna de la Congregación para la Doctrina de la Fe.

En las materias que lo requieran, el Dicasterio procede también como tribunal: Juzga los delitos cometidos contra la fe y también los delitos más graves cometidos contra la moral o en la celebración de los sacramentos. Con el Motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela del 30 de abril de 2001, Juan Pablo II promulgó nuevas normas procesales sobre algunos delitos graves de competencia exclusiva de la Congregación. Una versión actualizada de dichas normas fue promulgada por Benedicto XVI el 21 de mayo de 2010.

En una intervención posterior, el Papa Francisco, con fecha 11 de octubre de 2021, aprobó las Normas vigentes.

Para garantizar un examen más rápido de los recursos en los casos de delitos reservados a la competencia de la Congregación, con un Rescripto del Papa Francisco de 3 de noviembre de 2014, fue instituido un Colegio especial, para dotar a la Sección ordinaria del Dicasterio de una mayor eficacia.